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La correcta eliminación de los datos de carácter personal con los que trabajamos en cualquier oficina o despacho, se ha convertido en una práctica de obligado cumplimiento según establecen la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos y Real Decreto 1720/2007. Más allá de la normativa vigente, la propia prudencia nos obliga a asegurar la destrucción de toda la documentación confidencial, una vez vencidos los plazos de archivo legales o cumplido el cometido para el que se ha generado. Estos documentos se convierten en un residuo inservible del que tenemos que desprendernos, pero que conserva intacta la información que contenía, a menos que nos aseguremos de su destrucción.
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El destino final de todo el papel destruido en nuestras instalaciones, será su posterior reciclaje: la opción de eliminación más respetuosa con el medio ambiente. El reciclaje de papel, representa una serie de ventajas ecológicas importantísimas. Por cada tonelada de papel que reciclamos:
- Se evita la emisión de 900 kgs. de CO2
- Se reduce la ocupación de vertederos en unos 2m3
- Ahorramos 140 litros de petróleo
- Ahorramos 50 m3 de agua
- Optimizamos la gestión de recursos naturales como la madera
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